valores y lo emisión de lo inf ormoción financiera; .boleta de pago correspondiente, a efectos

  • 1 1 rII U LUUJ ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL RESOLUCIN N 069 -2004-2005-0M/CR Lima. 11 de mayo de 2005 CONSIDERANDO: Que el Congreso de la Repblica es el rgano representativo de lo Nacin. soberano en sus funciones y con autonoma normativa. econmico. administrativo y poltico. de conformidad con el Artculo 94 de lo Constitucin Poltico y el Artculo 3 del Reglamento del Congreso: Que lo Direccin General de Administracin ha formulado un proyeclo de Direclivo «Procedimientos de Tesorera», el cual tiene como objetivo establecer los normas y procedimientos internos poro el manejo adecuado de ‘» los recursos financieros pblicos asignados a la institucin, lo cuslodia de los fondos y \ valores y lo emisin de lo inf ormocin financiera; _____ .,. DO Que es necesario f ormalizor la aprobacin de lo mencionado Directivo mediante una Resolucin de Oficiala Mayor: Que asimismo debe dejarse sin efecto lo Directivo anterior aprobado y contenida en lo Resolucin N 090-2002-0M/CR, as como lo modificacin aprobada por la Resolucin N 006-2004-2005-0M/CR. De conformidad con lo dispuesto en el Artculo 38 del Reglamento del Congreso de la Repblica y lo Directivo N 04-2002-GG/CR «Procedimientos poro la Elaboracin y Actualizacin de Instrumentos Normativos de Gestin – Directivas – Procedimientos»; y Con cargo a dar cuenta a la Meso Directivo; SE RESUELVE: ARTCULO PRIMERO.- Aprobar como documento interno de gestin institucional, la Directivo N 05-2005-DGA/CR. «Procedimientos poro Tesorera» del Congreso de lo Repblica. ARTCULO SEGUNDO.- Dejar sin efeclo lo Directivo N 008-2002-GG/CR oprobo’da por Resolucin N 090-2002-0M/CR, as como loResolucin N 006-2004-2005-0M/CR. Regstrese. comunquese y archvese. ……. Ja.si … Ei’i NAVARROOfici 1 Mayor COtKRF-SO 1: U\ REPBLICA
  • ()irecti1′(1: «f’rn1pi/i111ie11tu.1 tle Te.w1raf11″ DIRECTIVA N 05-2005-DCA/CR»PROCEDIMIENTOS DE TESORERA» 1. OB.TETIVO2. Establecer las normas y procedimientos internos para el manejo adecuado ele los recursosfinancieros pblicos asignados al Congreso de la Repblica, la custodia ele los fondos y valoresy la emisin de la informacin financiera.ALCANCE Las disposiciones de esta Directiva son de cumplimiento obligatorio de todas las unidades orgnicas, dependencias, funcionarios y servidores del Congreso de la Repblica, en el mbito ele su competencia. El Jefe del Departamento de Pagadura es responsable de dar cumplimiento y aplicar estrictamcn1e las disposiciones de esta Directiva. El Director de Tesorera y Contabilidad es responsable de supervisar y controlar directamente el cumplimiento de las disposiciones de esta Directiva. MODIFlCACIONES Y ACTUALIZACIONES La presente Directiva, podr ser modificada y actuali1.ada por efectos de la evaluacin peridica de su aplicacin, en concordancia con lo dispuesto en la Directiva N 04-2002-GG-CR «Procedimientos para la elaboracin y actualizacin de instrumentos nomiativos de gestin Directivas-Procedimientos» . para lo cual la Direccin de Tesorera y Contabilidad y las unidades orgnicas vinculadas a los referidos procesos presentarn la correspondiente propuesta, en coordinacin con Procesos y Estndares de la Direccin General dt.: Administracin. 4. DJSPOSI.CJONES GENERALES4.1 Centrali:r..acin del manejo de recursos financieros Los recursos financieros del Congreso de la Repblica sern cen1ralizados y manejados en su totalidad y bajo responsabilidad del Departamento de Pagadura. Los pagos y las obligaciones de la Institucin slo podrn ser rcnlilados por t.:I Dcpa11amento de Pagadura, siendo requisito indispensable que las obligaciones hayan sido previamente comprometidas por los rganos responsables y registradas como devengado por el Departamento de Contabilidad en el Sistema Integrado de /\dministracin Financiera (SIAF -SP). 4.2 Dep itos en la cuenta de Recursos Directamente Recaudados Los ingresos captados por indemnizaciones de seguros, ejecucin de garantas a proveedores. contratistas y similares, multas y venta de bast..:s para la realiLacin de los procesos d seleccin y otros, debt.:rn ser depositados en la cuenta de Recursos directame t Recaudados. P1i;:i1111 I tle /(}
  • Dir11nfrf1 : «Proccdimir11ros tfe Tew1rer11 » 4.3 Depsitos de ingresos provenientes de Recursos directamente Recaudados Los Recursos directamente Recaudados forman parte de la Posesin de Caja del Tesoro Pblico en el Banco de la Nacin, por lo cual deben ser depositados por el Departamento de Pagadura en una cuenta corriente en esa entidad financiera coordinada con la Direccin Nacional del Tesoro Publico. 4.4 Modalidades de Pago Es obligatorio el uso de la modalidad de pago mediante abonos en cuentas bancarias individuales, a travs del Banco de la Nacin o de otra institucin bancaria del Sistema Financiero Nacional, por los conceptos considerados en los Grupos Genricos del Gasto autorizados por el MEF – TESORO PBLICO: Personal y Obligaciones Sociales (01) Obligaciones Previsionales (02) Los pagos a los Foros Intemaci.onales, Gastos Operativos, Racionamiento de Personal y Polica Nacional, se realizan va transferencia bancaria. 4.5 Presentacin de documentos para el proceso de pago Las unidades orgnicas encargadas de efectuar los compromisos de las obligaciones asumidas por la instih1cin, son responsables de entregar la respectiva documentacin sustentatoria, en los plazos fijados en el Cronograma de Pagos, detallados en el Anexo Nro. 01 que forma parte de esta Directiva. 4.6 Acreditacin de la percepcin de remuneraciones, pensiones y beneficios El personal activo de la institucin, est obligado a finnar la respectiva planilla y boleta de pago, acreditando la debida percepcin de remuneraciones u otros beneficios, bajo responsabilidad de los mismos. El Director de Recursos Humanos, informar oportunamente mediante comunicados a todo el personal sujeto a plazo determinado, indeterminado y de confianza, la obligacin de firmar mensualmente la respectiva planilla y boleta de pago, y que en los casos que no hayan firmado las mismas durante dos (2) meses consecutivos, el pago de su remuneracin se realizar a partir del mes siguiente, al tercer da til de la fecba indicada en el cronograma publicado en el diario oficial El Peruano, hasta que se subsane dicha omisin, por razones de control administrativo. En el caso de personal contratado por suplencia, se le deber realizar el pago de su remuneracin mediante cheque, con la finalidad de obtener su firma en la planilla y boleta de pago correspondiente, a efectos de obtener la acreditacin de percepcin de remuneracin. De igual forma, los pensionistas y los apoderados en general, debern acreditar la percepcin de las pensiones y/o remuneraciones, mediante la finna en la planilla y la firma y colocacin de la huella digital (ndice derecho) en la boleta de pago. El abono de pensiones cuando el titular o representante legal no suscriba una (1) planilla y boleta de pago mensual, y no se acerque a regularizar su firma hasta la fecha de pago del mes siguiente, se suspender hasta la regularizacin de firmas correspondientes. Asimismo, el Departamento de Administracin de Personal de la Direccin de Recursos Humanos, a travs del rea de Planillas, realizar las coordinaciones necesarias con el fin de que en la boleta de pago de pensionistas aparezca mensualmente el siguiente comunicado: «Los seores Pe11sio11istas o sus representantes legales, debern firmar mensualmente las planillas y boletas de pago de su pensin. En Ptigi11a 2 de I O
  • Direc1fr11: «Prl}(-et/i111ie1111Js di! Tewwufu» s. los casos de no regularizarse las firmas hasta la fecha de pago del mes siguiente, esta se suspender hasta la subsanacin correspondiente». 4.7 Responsables del control previo y concurrenteEl Director de Tesorera y Contabilidad, el Jefe del Departamento de Contabilidad y el Jefe del Departamento de Pagadura, son responsables de efectuar fas acciones de control previo y concurrente en las funciones inherentes a su cargo. D ISPOSJ CIONES ESPECFICAS 5.1 Procedimiento para la etapa del Pago 5.1. 1 El Departamento de Contabilidad, es el encargado de recibir la documentacin sustentatoria de los compromisos registrados por las diversas unidades orgnicas, con la finalidad de efectuar el control previo correspondiente y verificando que: – Los bienes adquiridos que se han recibidos de acuerdo a las cantidades ycaractersticas contratadas, estn con la conformidad del rea de almacn,- Se ha realizado la prestacin de los servicios contratados y sus conformidadesestn sustentadas por las reas respectivas, o- Se han cumplido las condiciones contractuales o legales, cuando se lrate degastos sin contraprestacin inmediata o directa.- Se ha efectuado la correcta aplicacin de las pa11idas genricas del gasto en lafase del compromiso en el SIAF-SP.- El compromiso efectuado se encuentre conforme a la normatividad vigentesobre la mate1ia.5.1.2 La Direccin de Tesorera y Contabilidad a travs del Departamento de Pagadura, dispondr el pago de Gastos Operativos y Viticos. 5.1.3 El Departamento de Contabilidad luego de registrar el Devengado, verificar la aprobacin del registro e inmediatamente remitir al Departamento de Pagadura, la documentacin que acredita la obligacin devengada, indicando la mejor fecha en el documento que formaliza el devengado contemplando los cinco (5) das tiles, la misma que deber contar con el visto bueno de su conformidad. 5.1.4 Las unidades orgnicas encargadas de efectuar el compromiso de las obligaciones institucionales son responsables de otorgar la conformidad mencionada en el inciso 5.1.3, seg
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