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PLAN DE INFANCIA Y ADOLESCENCIADEL MUNICIPIO DE PICASSENT
Convocatoria de reconocimiento deCiudades Amigas de la Infancia de
UNICEF Comit Espaol
Concejal responsable
Amparo Campos Tronchoni 961230100Tcnica responsable
Tamara Vivas Cambil [email protected]
662594684
mailto:[email protected]1
NDICE
1.- Introduccin pg 2
2.- Prioridades sociales pg 3
3.- Marco Normativo y Conceptual pg 4
4.- Convencin sobre los derechos del nio pg 8
5.- Lneas estratgicas pg 9
6.- Matriz de planificacin pg 11
7.- Recursos e infraestructuras pg 15
8.- Conclusin, ejecucin y evaluacin del plan pg 18
9.- Organigrama pg 19
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1. INTRODUCCINEl presente documento es el Plan de Infancia y adolescencia , el resultado de una serie de
acciones llevadas a cabo para conformar una planificacin realista y a largo plazo de polticas
activas dirigidas a la infancia y la adolescencia en el municipio de Picassent. Este plan se
elabora a raz de los datos obtenidos en el diagnstico de la infancia y de un conocimiento de
la realidad del municipio, con diversos agentes implicados de las diferentes reas y diferentes
profesionales y personal tcnico de todas las reas del municipio.
El siguiente plan consiste en reflejar servicios, infraestructuras y recursos destinados a la
infancia como aval del compromiso de la ciudadana y del equipo de gobierno en la defensa
de los derechos de la infancia y la juventud, as como en mostrar las acciones, programas y
medios utilizados con los que cuenta Picassent para conseguir ser una Ciudad Amiga de la
Infancia con lo que esta distincin significara y la responsabilidad que conlleva.
El plan supone un avance significativo en la consecucin de la defensa de los derechos de la
infancia. Para ello contamos con unas lneas de actuacin, objetivos y acciones que llevar a
cabo, que aglutinan un ambicioso proyecto, teniendo como marco de referencia para el
diseo la Convencin de los Derechos del Nio.
El presente plan tendr una vigencia de 4 aos.
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2. PRIORIDADES SOCIALES
Segn se desprende de los datos obtenidos en el diagnstico de la infancia y del anlisis del
mismo, Picassent es una localidad donde conviven familias cuyos menores son de diferentes
orgenes y culturas. El municipio tiene un censo poblacional de 20.658, con 70
nacionalidades, algunas ampliamente representadas como Rumania (205 censados) Bulgaria
(108 censados), Marruecos (155 censados) o Argelia (82) y existe una integracin entre todas
ellas que interactan en el municipio.
Picassent se encuentra rodeado de un entorno privilegiado, con una extensin de su trmino
municipal de 85'78 km. Sin duda, dentro de la gestin municipal la prioridad es mejorar
cada ao la calidad de vida de la ciudadana e invertir en bienestar mediante polticas sociales,
aumentando el presupuesto y los recursos e infraestructuras dirigidas a la infancia. Algunos
ejemplos los tenemos en: la nueva creacin de 3 parques ya proyectados, que vienen a sumarse
a los 17 ya existentes ubicados en diversos puntos del municipio; una amplia oferta de
actividades municipales como son las escuelas deportivas , la escuela municipal de teatro
(EMT), espacios para la juventud, campaas de sensibilizacin sobre adicciones, igualdad, etc.
El objetivo es hacer todo esto de forma que la ciudadana tenga un especial protagonismo en
la toma de decisiones sobre las mejoras que se pueden acometer, incluyendo, adems, a la
infancia y la adolescencia como componente activo y social mediante procesos donde la
informacin llegue a todas y todos para que sean partcipes de construir un municipio mejor
para vivir.
Cabe destacar la elaboracin de un plan cvico de convivencia en el que se est trabajando
actualmente desde la Concejala de Participacin en el que la ciudadana tiene un papel activo
en su creacin, difusin y cumplimiento y en el que el Consejo de la Infancia tambin tendr
un papel relevante. Participar de forma activa, colaborando en mejorar la problemtica
relativa al civismo.
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3. MARCO NORMATIVO Y CONCEPTUAL
Marco Normativo
El ordenamiento jurdico existente tanto a nivel internacional como nacional, as como
autonmico, se desarrolla partiendo de un principio primordial como es la concepcin de las
personas menores de edad como sujetos de derechos activos, participativos y creativos, con
capacidad para modificar su propio medio personal y social, de participar en la bsqueda y
satisfaccin de sus necesidades y en la de los dems. Los derechos de la infancia y la
adolescencia incluye, entre otros, los derechos de proteccin, de provisin de bienes y
servicios, y de participacin (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, 2016).
En Espaa contamos, adems de con un marco legislativo , con el Observatorio de la infancia,
firmado y aprobado en acuerdo de Ministros el 12 de marzo de 1999, configurndose como
un grupo de trabajo, de acuerdo con el artculo 40.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organizacin y Funcionamiento de la Administracin General del Estado, que tiene por
objeto la construccin de un sistema de informacin con capacidad para conocer el bienestar
y calidad de vida de la poblacin infantil y las polticas pblicas que afectan a la infancia en
relacin a su desarrollo, implantacin y efectos de las mismas en dicha poblacin . El
Observatorio cumple con los siguientes objetivos: 1. Conocer el estado de situacin de la
poblacin infantil y de su calidad de vida, as como los cambios que acontecen en ellos. 2.
Proponer polticas sociales tendentes a desarrollar mejoras en los diversos mbitos que afecten
a la infancia.
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Algunos de los ordenamientos jurdicos que amparan a la infancia son:
Internacionales:
La Convencin sobre los derechos del nio . Adoptada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por Espaa el 30 de noviembre de
1990.
La Carta Europea sobre los Derechos del Nio . Resolucin A-0172. Diario Oficial de las
Comunidades Europeas, 8 de julio de 1992.
Declaracin de los derechos del nio. Declaracin de la Asamblea General de las Naciones
Unidas sobre los Derechos del nio, de 20 de noviembre de 1959.
Convenio sobre competencia de las autoridades y la ley aplicable en materia de proteccin de
menores, hecho en la haya el 5 de octubre de 1961.
Estatales:
La Constitucin espaola de 1978, cap. III del Ttulo I que hace referencia a la obligacin de
los Poderes Pblicos de asegurar la proteccin social, econmica y jurdica de la familia con
carcter singular, la de los nios y las nias.
La Ley Orgnica 1/1996, de 15 de enero, de proteccin jurdica del menor, de modificacin
parcial del Cdigo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del
Procedimiento Administrativo Comn.
Ley Orgnica 10/1995, de 23 de noviembre, del Cdigo Penal .
Ley Orgnica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los
menores.
Reglamento de la Ley Organica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad
penal de los menores, aprobado por Real decreto 1774/2004, de 30 de julio.
Ley Orgnica 26/2015, de modificacin del sistema de proteccin a la infancia y la
adolescencia
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Autonmicos:
Ley 5/1997 de 25 de junio, de la Generalitat Valenciana, por el que se regula el Sisema de
Servicios Sociales en el mbito de la Comunidad Valenciana (DOGV N. 3032, de 10 de
julio)
Ley 12/2008, de 3 de julio, de Proteccin Intergal de la ifnancia y la adolescencia de la
Comunitat Valenciana
Ley 13/2008, de 8 de octubre, dela Generalitat, reguladora de los puntos de Encuentro
Familiar de la Comunitat Valenciana.
Normativa autonmica especfica en materia de proteccin a la infancia
Decreto 93/2001, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el
Reglamento de Medidas de Proteccin Jurdica del menor de la comunidad Valaenciana,
aprobado por Decreto 93/2001, de mayo, del Consell.
Decreto28/2009, de 20 de febrero, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de
medidas de proteccin Jurdica de menor en la Comunidad Valenciana, aprobado por
Decreto 93/2001, del Consell.
Decreto 23/2010, de 22 de enero, del Consell, por el que se desarrolla el Observatorio
Permanente de la Familia y la Infancia de la Comunitat Valenciana (DOGV n. 6192, de 26
de enero)
Orden de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la
tipologia y condiciones materiales y de funcionamiento de los Centros de Proteccin de
Menores, en la Comunidad Valenciana (DOGV n. 4532, de 27 de junio).
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Orden de 9 de marzo de 2006, de la Conselleria de Sanidad y de la Conselleria de Bienestar
Social, por la que se implanta la hoja de Notificacin para la atencin sociosanitaria infantil y
la proteccin de menores en el mbito de la Comunidad Valenciana (DOGV n. 5250, de 3
de mayo de 2006).
Orden 1/2010, de 3 de mayo, de la Conselleria de educacin y de la Conselleria de
Bie