Ficha Bibliográfica – iij.ucr.ac.criij.ucr.ac.cr/wp-content/uploads/bsk-pdf-manager/2017/07/El… · – [PDF Document]

RESUMEN

Ficha Bibliogrfica:

LPEZ MATARRITA, (Elvis Antonio). El principio de objetividad en el

ejercicio de la accin penal por parte del Ministerio Pblico, Tsis para

optar al grado de Licenciado en Derecho de la Universidad de Costa Rica.

Direccin del Dr. Rafael Angel Sanabria Rojas, San Jos, Facultad de Derecho

de la Universidad de Costa Rica, ao 2007, 234 pginas.

Palabras Claves:

Ius puniendi- Accin penal Proceso Penal Garantas Procesales- Ministerio

Pblico Principios de Actuacin- Objetividad- Polticas Persecutorias- Costa

Rica.

Sinopsis:

Dentro de un Estado de derecho como el nuestro, la funcin de los

rganos jurisdiccionales, es resolver los diversos conflictos surgidos entre los

habitantes entre s y entre stos y el Estado o la ley.

La solucin forzada de los diferendos sociales, es necesaria para la

seguridad jurdica y deriva de la delegacin por parte del pueblo soberano, que

renuncia al derecho a la auto tutela a favor del Estado.

En el caso de la infraccin de las normas penales, por las caractersticas

de los bienes jurdicos que protege y las consecuencias individuales y sociales

que acarrea su infraccin, conlleva a que la persecucin penal de los delitos se

estructure como una de las formas ms delicadas y a la vez ms severas de

intervencin del Estado sobre el comportamiento de sus habitantes.

Precisamente, la forma en que el ejercicio de la accin penal se

materializa es a travs del proceso penal, el cual se nos presenta como un

conjunto de actos jurdicos regulados y ordenados dirigidos a determinar la

posible existencia de un ilcito, su imputacin a un sujeto y el eventual castigo

a travs de la pena, para lo cual determina en forma general, las condiciones

bajo las cuales la accin penal ser ejercida, los lmites a las facultades de

intervencin de los rganos encargados de su ejercicio y los diferentes

principios para el logro del restablecimiento de la paz jurdica.

Dentro de este contexto, el principio de objetividad consagrado en

nuestro actual Cdigo Procesal Penal, exige como pauta de actuacin que en

el ejercicio del «ius puniendi» el Ministerio Pblico, vele no solo por el respeto

de los derechos y garantas del imputado, sino tambin por un adecuado

examen y valoracin de las diferentes circunstancia en torno a la eventual

punicin de una conducta, sea que stas perjudiquen o beneficien la posicin

del imputado.

Este deber de objetividad, parte de una concepcin de un Ministerio

Pblico y de un fiscal que ms que un acusador a ultranza, acte como un

racionalizador de la accin represiva del Estado y como un funcionario

comprometido con la recta aplicacin de la justicia , dentro de una sociedad

para la cual es tan importante la condena del culpable, como la absolucin del

inocente.

Las implicaciones de este principio, no solo abarcan la posicin del

rgano requirente frente al imputado y frente a la sociedad, sino que tambin

tiene influencia directa sobre la ejecucin de las diferentes polticas de

persecucin penal, de cuya legitimidad depende el modelo de justicia penal al

cual se aspire como pas.

En tiempos en que las necesidades cada vez ms crecientes de

seguridad y orden, expanden peligrosamente los lmites del Derecho Penal,

llevando a un endurecimiento generalizado de las penas y a la creacin de

nuevos delitos, los temas relacionados a la accin penal y la forma en que la

misma es ejercida, adquieren sin duda un papel de notable importancia para

toda la comunidad, pues directamente de la misma depende nuestra confianza

en el sistema judicial como forma normatizada para la solucin de conflictos

sociales.

Por ende, el principio de objetividad en el ejercicio de la accin penal a

pesar de sus diferentes limitaciones polticas, sociales e institucionales, lucha

por preservarse; siendo que en su consolidacin legal, doctrinal y

jurisprudencial, se refleja el compromiso de la sociedad costarricense por

resguardar el necesario equilibrio entre control social y derechos individuales, y

por lograr un proceso penal cada vez ms democrtico, pero sobre todo ms

humano.

Introduccin General

Los intensos y vertiginosos cambios que en la actualidad se producen

dentro del seno de la sociedad, obligan a las instituciones encargadas de su

control, a un constante replanteamiento tanto de sus fines, como de los

diferentes medios con que cuenta para alcanzarlos.

Dentro de este contexto, a travs del tiempo se reconocen una serie de

valores considerados como esenciales para el grupo social, valores sobre los

cuales se estructuran las bases del ordenamiento jurdico y que constituyen el

marco general bajo el cada uno de nosotros los ciudadanos, desarrollaremos

nuestras actividades y proyectos de vida.

Esta labor de control, la realiza el Estado a travs de las leyes, las

cuales tienen la caracterstica de imponer an por la fuerza (imperativo legal),

el cumplimiento de determinados comportamientos considerados valiosos por

el grupo social, por lo que su infraccin, obliga a la creacin de sistemas y

agencias que aseguren su vigencia.

En el caso de las normas penales, por regular situaciones en torno a

bienes jurdicos esenciales, de cuya afirmacin incluso depende la estabilidad

y legitimidad del sistema de administracin de justicia y del Estado mismo,

obliga a que a su alrededor, se estructuren toda una serie de facultades a

favor del poder central, que lo llevan a convertirse en una de las formas ms

violentas de imposicin del Estado sobre el ciudadano, haciendo del ejercicio

de la accin penal una tarea siempre seria y delicada dentro de la composicin

social.

Precisamente son las implicaciones personales y sociales que tiene la

persecucin penal de los delitos, la que lleva a establecer una serie de pautas

y principios que guan el ejercicio del poder penal, promoviendo tanto a nivel

legal como constitucional el necesario equilibrio entre control social y derechos

individuales.

Uno de los principios que forman parte dentro de nuestro sistema de

persecucin penal y que guan la actividad requirente del Ministerio Pblico, es

el de la objetividad en el ejercicio de la accin penal pblica, el cual conlleva a

que la actuacin del rgano fiscal, sea totalmente desapasionada, de manera

que en el desarrollo de sus actividades, el fiscal contemple tanto las

situaciones que perjudican, como las que favorecen al imputado sometido a

proceso (artculos 6 y 63 del Cdigo Procesal Penal).

Sin embargo, la posibilidad real de la aplicacin de dicho principio, su

pertinencia, sus alcances y la finalidad de su instauracin, es un tema

escasamente abordado por la comunidad jurdica nacional y por el Ministerio

Pblico mismo, ello a pesar de su injerencia directa en los lineamientos y

aplicacin de las diferentes polticas criminales que a diario realiza dicho

rgano, de ah, la extraordinaria importancia por clarificar y definir el papel de

la objetividad dentro del ejercicio de un derecho penal democrtico.

Objetivos

Precisamente para tratar de dar respuesta a estas y otras

interrogantes, se han fijado diversos objetivos tanto generales como

especficos, los cuales pretenden ser alcanzados mediante el presente trabajo.

En este sentido destacan como objetivos generales:

Determinar la importancia del ejercicio de la accin penal dentro de un

Estado de derecho.

Analizar la figura del Ministerio Pblico en Costa Rica y su participacin

dentro del actual Proceso Penal.

Definir que entendemos por «objetividad» y determinar sus alcances e

implicaciones en el ejercicio de la persecucin penal por parte del

Ministerio Pblico.

En cuanto a los objetivos especficos ms importantes podemos

mencionar:

Estudiar aspectos generales del Derecho Penal como forma de control

social y del Derecho Procesal Penal como herramienta facilitadora para

su realizacin.

Analizar la actual composicin del Proceso penal en Costa Rica y sus

caractersticas ms importantes.

Determinar los principios constitucionales y legales que rigen la

persecucin penal de los delitos y su ejercicio por parte del Ministerio

Publico.

Estudiar la evolucin histrica del Ministerio Pblico en nuestro pas y

determinar sus principales caractersticas y fines.

Analizar el concepto, la importancia y las implicaciones de la objetividad

como principio procesal en el ejercicio de la accin penal pblica y en el

ejercicio y promocin de las polticas criminales a cargo del Ministerio

Pblico.

La Hiptesis y la Metodologa

Como hiptesis del presente trabajo se plantea: que el principio de

objetividad en el ejercicio de la accin penal pblica establecido en el actual

Cdigo Procesal Penal es de plena vigencia en nuestro pas y refleja la

concepcin que hace nuestro ordenamiento jurdico del Ministerio Pblico

como un rgano de justicia y

Publicaciones Similares